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 EL SEGUNDO CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

CONVOCA

A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA: ESTUDIANTES, ACADÉMICOS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO, TÉCNICO
Y MANUAL A PARTICIPAR EN EL CONGRESO GENERAL UNIVERSITARIO
 
I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
Durante la segunda mitad del año 2008 y buena parte del 2009 se llevaron a cabo foros de discusión en el interior de la UACM encaminados a la elaboración del Estatuto General Orgánico de nuestra institución. Uno de los asuntos que resultó más polémico fue el concerniente a la estructura de la organización académica que habremos de darnos, de acuerdo con los principios y disposiciones plasmados en la Constitución y en la Ley que nos rige. Puesto que existía una fecha límite para la emisión del Estatuto, la definición de la estructura académica y administrativa quedó sin resolver.
 
Derivado de ello, el Primer Consejo Universitario consideró necesario convocar a un Congreso General Universitario con el fin de discutir amplia, plural y democráticamente sobre dichos temas para el cumplimiento de los fines de educar, investigar y difundir la cultura, establecidos en el artículo tercero constitucional y tercero de la Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México.
 
El Congreso General Universitario pondrá a discusión cuál estructura académica es la que mejor sirve a los fines de la universidad; la forma en que el personal académico debe organizarse para las funciones docentes y de investigación. Estará a discusión cuáles órganos tomarán decisiones en materia académica –actualmente está previsto que lo hagan los consejos de colegio-, así como las funciones que habrá de desarrollar la estructura administrativa, para que contribuya de forma óptima al funcionamiento de la estructura académica y con ello a los fines de la Universidad.
 
Del mismo modo, en el Estatuto General Orgánico se ordena al Consejo Universitario que elabore el Estatuto del Personal Académico, el Estatuto del Estudiante Universitario
 
y el Estatuto del Personal Administrativo. Lo emanado de las deliberaciones del Congreso General Universitario deberá ser la base para su formulación.
 
El Consejo Universitario emite esta convocatoria con la convicción de que es el momento propicio para movilizar lo mejor de cada integrante de la comunidad universitaria: que nadie se quede inmóvil. La Universidad hoy necesita los aportes de todos y todas. Nuestra organización académica, con su respectivo apoyo administrativo, será el vehículo con el que cruzaremos nuestro presente y futuro. Que cada universitario mañana sienta el orgullo de haber participado en esta construcción colectiva.
 
II. FUNDAMENTACIÓN LEGAL
 
La presente convocatoria se emite con fundamento en los artículos 2, 3, 4 fracción I, VII, VIII y XII, 17 fracción I, IV, VII, VIII y 19 y 20 de la Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, que definen a la Universidad como un organismo público autónomo del Distrito Federal, con facultad y responsabilidad de gobernarse a sí mismo, definir su estructura y las funciones académicas que le correspondan, así como establecer su propia normativa. Para ello, podrá crear, organizar, integrar o suprimir estructuras académicas, administrativas y operativas, de investigación, difusión y extensión de la cultura, y de cooperación y servicio. También, dichos artículos establecen que todo estudiante, académico y miembro del personal administrativo tienen el derecho a participar en los órganos colegiados de la Universidad, en los que se resuelvan asuntos que afecten sus intereses legítimos y los generales de la Universidad.
 
Dichos artículos definen también las facultades del Consejo Universitario como máximo órgano de gobierno de la Universidad, entre las cuales destacan las de crear, organizar, integrar o suprimir estructuras docentes, de investigación, difusión y extensión de la cultura, y de cooperación y servicio; definir las características y funciones de las entidades académicas, y las formas de organización y operación de la Universidad, y crear, modificar y suprimir unidades académicas, técnicas y administrativas. De la misma forma, especifican que la estructura académica de la Universidad que defina el Consejo universitario en el Estatuto General Orgánico estará compuesta por instancias colegiadas que, además de constituir espacios adecuados para el trabajo interdisciplinario, integren la docencia con la investigación, la difusión, la extensión y la cooperación.
 
Igualmente son fundamento los artículos 12, 13, 14 fracción I, II, V, 90, así como los artículos Cuarto y Vigésimo transitorios del Estatuto General Orgánico, que ratifican las atribuciones del Consejo Universitario como máximo órgano de gobierno, definidas en la Ley. Establecen también que este órgano deberá convocar al Congreso General Universitario con el fin de discutir amplia, plural y democráticamente, sobre la estructura académica y administrativa que mejor convenga para el cumplimiento de los fines de la Universidad; estipula que las propuestas emanadas del Congreso General Universitario deberán ser presentadas al Consejo Universitario para su discusión y aprobación, y una vez aprobada la estructura académica y administrativa de la Universidad, se deberán hacer los ajustes necesarios al Estatuto General Orgánico, de conformidad con la normatividad aplicable.
 
III. CONSIDERANDOS
 
1. Que, derivado del mandato establecido en el Artículo Cuarto Transitorio del Estatuto General Orgánico, el pleno del Consejo Universitario, en su Segunda Sesión Extraordinaria llevada a cabo el 24 de octubre de 2010, aprobó por Acuerdo UACM/CU-2/EX02/030/10 la conformación de la Comisión Temporal para la organización del Congreso General Universitario, integrada por tres consejeros de cada Comisión Permanente.
 
2. Que dicha Comisión ha recibido el mandato de: Preparar, desarrollar y presentar el proyecto de organización y sus ejes temáticos propuestos por la comunidad. Articular, coordinar y vincular los trabajos del Congreso General Universitario con la comunidad. Integrar y presentar los resolutivos derivados del Congreso al Consejo Universitario.
 
3. Que, en concordancia con dicho mandato, la Comisión llevó a cabo un amplio proceso de consulta a la Comunidad Universitaria mediante talleres, a fin de que participara en la elaboración de la presente convocatoria.
 
 
IV. EJES TEMÁTICOS
 
Los ejes temáticos deberán dotar de dirección a las discusiones dentro de la comunidad universitaria. La efectividad del Congreso depende de que se consiga, como resultado de las discusiones, una propuesta de estructura académica y administrativa que dé cumplimiento a los fines de la universidad y sea considerada por la comunidad universitaria como la idónea para ello.
 
Existe un amplio consenso en el seno de la comunidad universitaria, y particularmente en el seno del Consejo Universitario, en el sentido de que la Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, considerada como un conjunto de instrucciones y aspiraciones, debe ser adoptada como el marco que ordene y organice las discusiones del Congreso, específicamente en lo que se refiere a la estructura académica y administrativa.
Para cada uno de los ejes temáticos se tomarán en cuenta los diagnósticos, documentos de reflexión, análisis, propuestas, procedimientos ya elaborados y otros que se propongan para efectos del Congreso.
 
Con base en lo anterior, el Congreso General Universitario se organiza en torno a los siguientes ejes temáticos:
 
1. La estructura académico-administrativa ante el reto de aumentar las oportunidades de educación superior: lo que tenemos, lo que rescatamos y lo que queremos modificar
Objetivo: Contribuir a la definición de una estructura académica y administrativa que promueva la consolidación y ampliación de las oportunidades educativas.
 
2. La autonomía como responsabilidad: la estructura académica y administrativa frente a los retos de la efectividad universitaria. Avances, retrocesos y alternativas en la experiencia de la UACM.
Objetivo: Contribuir a la definición de una estructura académico-administrativa que promueva la autonomía, entendida como responsabilidad individual y colectiva.
 
3. El carácter público de nuestra universidad como proyecto incluyente, de reflexión plural, crítica e interdisciplinaria para beneficio de la sociedad.
Objetivo: Realizar propuestas organizativo-estructurales que permitan consolidar el carácter público del proyecto universitario.
 
4. La innovación educativa: el fomento a la creatividad, la evaluación, y la flexibilidad y dinamismo de la estructura académico-administrativa.
Objetivo: Contribuir a la definición de estructuras académico-administrativas que promuevan la atención de propuestas de innovación educativa en todos los niveles.
 
5. La constitución de comunidad universitaria: intereses legítimos y derechos de estudiantes, académicos, personal administrativo, técnico y manual; los principios de cooperación, respeto y apoyo mutuo
Objetivo: Proponer estructuras que promuevan la construcción de nuestra comunidad universitaria
 
6. Implicaciones estructurales de las libertades académicas y de la pluralidad de pensamiento.
Objetivo: Proponer estructuras académico-administrativas compatibles con el ejercicio irrenunciable de las libertades académicas y la pluralidad del pensamiento.
 
7. El desarrollo de las y los estudiantes como uno de los propósitos fundamentales de la estructura académica y administrativa: implicaciones organizativas de los derechos, responsabilidades, obligaciones y aspiraciones de la comunidad estudiantil.
Objetivo: Elaborar propuestas para crear una estructura académico-administrativa que contribuya al desarrollo cultural, profesional y personal de las y los estudiantes.
 
8. El reto de la calidad y responsabilidad académicas: implicaciones institucionales (docencia, investigación, difusión de la cultura, extensión y cooperación universitaria).
Objetivo: Proponer la estructura académico-administrativa que garantice el más alto nivel en todas sus actividades académicas, incluida la vinculación de la universidad con la ciudadanía.
 
9. Estructura académico-administrativa y rendición de cuentas: las responsabilidades universitarias con la ciudadanía.
Objetivo: Definir propuestas de estructura académico-administrativa que garantice el compromiso de todas las instancias universitarias con la rendición de cuentas.
 
V. FORMATO
 
Tomando en cuenta lo estipulado en el Artículo Cuarto transitorio del Estatuto General Orgánico, para la realización del Congreso General Universitario de la UACM, el formato para su desarrollo deberá asegurar las condiciones para que la comunidad universitaria discuta amplia, plural y democráticamente sobre la estructura académica y administrativa que mejor convenga a los fines de la Universidad.
 
La amplitud de la discusión depende de que se utilicen diversos y múltiples formatos de manera tal que todas las ideas, reflexiones y propuestas sean discutidas y que se garantice su recopilación y divulgación colectiva, todo ello a fin de cumplir con los objetivos del Congreso.
 
La pluralidad de la discusión estriba en que se creen condiciones para que no se excluya ningún punto de vista, sea por motivos ideológicos, políticos, de género, de preferencia
sexual, de raza, religiosos o cualquier otro que atente contra la igualdad de oportunidades de expresión de las ideas.
 
Por último, el carácter democrático de la discusión debe observar que se generen las oportunidades para que cada integrante de la comunidad encuentre que sus planteamientos son escuchados y considerados por sus propios méritos.
 
Este Congreso General Universitario será un proceso, articulado en tres fases, con formato múltiple para asegurar el cumplimiento de los objetivos del mismo.
 
La primera fase incluirá actividades de información, promoción y sensibilización; la segunda comprenderá los diversos análisis y debates de las propuestas; por último, la tercera estará constituida por la construcción de consensos y, a partir de lo anterior, la redacción de los documentos finales.
 
 
VI. Resultados del Congreso.
 
Las propuestas emanadas del proceso del Congreso General Universitario serán asumidas para la redacción final de las Iniciativas de inclusión en el Estatuto General Orgánico, y serán la base para la redacción de los proyectos de estatuto académico, administrativo y del estudiante que elabore la comisión designada por el Consejo Universitario para tales efectos.
 
Antes de su aprobación por el pleno del Consejo Universitario, la Comisión Temporal organizará un proceso de consulta a fin de que la comunidad universitaria verifique la inclusión de las propuestas que hayan logrado consenso al final del congreso.
 
Después de la consulta, el Consejo Universitario, órgano facultado por la Ley de Autonomía de la UACM y por el Estatuto General Orgánico, revisará y aprobará los resolutivos emanados del Congreso General Universitario; y garantizará su ejecución.