Certificación

 

 

 

 
 
La Autonomía
 
La propuesta de ley de Autonomía sustenta jurídicamente los pirncipios filosóficos, políticos y educativos de la UCM: brindar más apoyo educativo a quienes más lo necesitan; defender la educación como un bien público; ofrecer un servicio educativo de alto nivel académico basado en la atención personal a los estudiantes y en el rigor académico y garantizar la autonomía de la Universidad, entendida ésta no solamente como la no intervención de intereses ajenos a su vocación académica y cultural, sino también como las capacidades de autogobernarse eficientemente y de pensar con criterios propios.

En los foros de discusión sobre la autonomía llevados a cabo en la UCM, participaron especialistas de diversas instituciones. Presentamos a ustedes algunas de sus exposiciones.

La Universidad, sus integrantes y su organización
Arturo Requesens

Buenas tardes, agradezco la invitación para participar en esta mesa de discusión sobre la Ley de Autonomía de la Universidad de la Ciudad de México.

Me permitiré iniciar mi presentación con una anécdota:

A medidos de 1995 integrantes de una organización estudiantil de la Facultad de Derecho de la UNAM intentaban proyectar en dicha escuela un vídeo televisado días antes, en el que se mostraba cómo 19 campesinos fueron cobardemente masacrados por elementos de seguridad pública del Estado de Guerrero en el triste episodio conocido como la masacre de Aguas Blancas.
Para ello solicitaron en tiempo y forma el permiso correspondiente a las autoridades de la Facultad, solicitando además se les permitiera utilizar una sala que contara con un televisor y vídeo. Después de varias semanas sin recibir respuesta, verbalmente les notificaron que su solicitud había sido negada. La razón, muy concreta –“porque no”. A pesar de la solicitud en ningún momento las autoridades de la Facultad quisieron entregar una respuesta por escrito.
Ante dicha negativa, en ejercicio de sus derechos universitarios y naturales y considerando éstos que habían cumplido con las formalidades necesarias ante las autoridades universitarias, los estudiantes decidieron presentar el vídeo sin la anuencia de la Dirección. Programaron la fecha y la hora, pegaron carteles anunciando el evento y cargaron ellos mismos con su televisión y vídeo.
A la hora acordada, estaba ya un salón lleno con más de 120 estudiantes todos dispuestos a iniciar la transmisión; situación que seguramente fue considerada por las autoridades universitarias como cuasi subversiva y contraria a Derecho.
5 minutos después de iniciada la presentación del vídeo, la luz fue misteriosamente cortada en todo el piso, a pesar de que aún se encontraban en horario de clases. Sin embargo las autoridades de la Facultad de Derecho no previnieron la astucia de los estudiantes quienes llevaban consigo más de 50 metros de cable, gracias a lo cual fue posible conectar los aparatos a la Facultad de Economía y transmitir finalmente el documental de la Masacre de Aguas Blancas.
Cuento esta anécdota para plantear algunas interrogantes básicas que surgen a partir de este hecho tan ordinario y tan cotidiano en la Máxima Casa de Estudios.
¿Cómo es posible que en la Facultad de Derecho de la UNAM, en la que se escucha todos los días a profesores eméritos hablar de las garantías individuales, se haya pretendido vulnerar la libertad de expresión de los alumnos al querer transmitir un vídeo que muestra uno de los escenarios más patéticos de nuestra realidad mexicana?
¿Cómo tenía que estar organizada y gobernada dicha Facultad para que las autoridades pudieran actuar de esa forma?
¿El uso de las instalaciones, salones, vídeo y televisión no debían servir a la universidad para la divulgación de la cultura y para el análisis de nuestra realidad social?
¿Qué convicciones de carácter político influyeron en las autoridades de la Facultad de Derecho para negar la posibilidad de transmitir dicho vídeo?
Esta situación ¿muestra acaso el ejercicio de la autonomía universitaria en relación con el gobierno (en esos momentos priísta) o pone más bien de manifiesto su clara subordinación al sistema que prevalecía?
Y por último ¿qué lugar ocupaban los estudiantes en esta institución para las autoridades de la Facultad?
Todas estas preguntas se relacionan directamente con el contenido de mi presentación es por ello que me he permitido hacer referencia a estos hechos.

Participación democrática en la Universidad.

La UCM es un proyecto de universidad democrática que procura escuchar a los diversos sectores de la comunidad que la integran en las decisiones que lo afectan.
En lo particular he tenido el gusto de participar desde hace algunos meses en la convocatoria impulsada por el Rector dirigida a todos los integrantes de la UCM para el establecimiento de espacios de discusión sobre la propuesta de Ley de Autonomía.
A partir de entonces se establecieron círculos de discusión en los diversos planteles de la UCM en los que han participado académicos, estudiantes y algunos pocos miembros del personal administrativo.
Estos espacios han entregado propuestas concretas de modificación al anteproyecto que están siendo debidamente consideradas e incluidas en la propuesta de Ley que será presentada próximamente al Jefe de Gobierno para que éste, a su vez, lo transmita a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para su discusión y probable aprobación.
En este proceso he tenido el gusto de participar como interlocutor entre las autoridades universitarias y los círculos de discusión y he procurado recibir y recopilar los comentarios y propuestas que han surgido de la comunidad.
Vale la pena reconocer la sobresaliente labor realizada por profesores y estudiantes del posgrado, quienes analizaron a fondo la propuesta y reelaboraron el proyecto.
Éste ha sido, desde mi perspectiva, un ejercicio valioso y democrático que muestra la forma en que se plantea en la universidad a tomar decisiones que afectan a sus integrantes.
Estamos conscientes de que existen aún muchas inquietudes, sobre todo entre los estudiantes de nuevo ingreso del plantel Iztapalapa, quienes este martes celebraron una asamblea estudiantil en la que abordaron el tema de la autonomía de la UCM.
Se ha procurado por diversos medios difundir este proceso. En el Noticiario de la Universidad se han publicado encartes con información sobre los avances de las discusiones.
La propuesta de Ley de Autonomía considera que los estudiantes son la razón fundamental de ser de la UCM. Todos los esfuerzos del personal académico y administrativo deben encaminarse a satisfacer los requerimientos de aprendizaje de éstos.
En ese sentido deben tener los estudiantes, y así está reflejado en la propuesta de Ley de Autonomía, un papel importante en la toma de decisiones que afectan a la universidad. Esta situación se logrará a través de sus representantes que integrarán el Consejo Universitario, autoridad máxima de la institución, que gozará de una representación equilibrada de estudiantes y académicos.
Más allá de los representantes que integren el Consejo Universitario, es indispensable la participación activa de toda la comunidad universitaria en la construcción de este nuevo proyecto.
La participación democrática de la comunidad universitaria no debe en ningún caso limitarse a elegir a sus representantes. La democracia es un concepto que va mucho más allá, significa la participación constante en la construcción del proyecto, en la difusión de la cultura y la discusión de las ideas.
No han sido pocas las veces que nuestros representantes, por ejemplo en el Congreso de la Unión han dado la espalda a sus representados tomando decisiones que atentan en contra de los intereses de éstos. Por ello, es necesario hacer un marcaje personal a dichos representantes para que no tengan otra opción más, que “mandar obedeciendo”.
La UCM quiere una comunidad estudiantil activa, requiere de estudiantes participativos abiertos al análisis y a la discusión. No pretende vulnerar la libertad de expresión como sí lo han hecho otras universidades prohibiendo cierta bibliografía o cortando la luz a los estudiantes en los eventos que organizan. Pretende que todos sus integrantes, a partir de la discusión, sean formadores de su propio criterio.
La Universidad de la Ciudad de México promueve en los estudiantes una capacidad crítica y argumentativa sólida. En este sentido, los primeros que deben estar abiertos a recibir las críticas constructivas de la comunidad universitaria deben ser los órganos de gobierno.
La democracia dentro de la Universidad no conlleva únicamente la participación, sino también la rendición de cuentas. La sociedad y el gobierno del Distrito Federal han abierto este nuevo espacio de enseñanza y de difusión del conocimiento y la cultura. Es nuestra obligación rendir cuentas claras de las actividades realizadas y de la administración del patrimonio a quienes nos están dando la oportunidad de servirles. La propuesta de Ley de Autonomía también establece dicha obligación a las autoridades universitarias.
La rendición de cuentas no representa, bajo ninguna circunstancia, un límite en el ejercicio de la autonomía universitaria.

Derechos y obligaciones de los universitarios

Toda institución requiere del debido reconocimiento de los derechos y obligaciones de sus integrantes. En este sentido, la propuesta de Ley de Autonomía pretende establecer las bases para la creación de una instancia colegiada que se encargue de dirimir las controversias que surjan en su ejercicio entre los integrantes de la universidad.
Se está trabajando ya en un documento que reconozca expresamente los derechos y obligaciones de los integrantes de la Universidad, ya que este vacío se ha prestado a malos entendidos e infortunados desencuentros. Será necesario crear un mecanismo de sanciones para quienes no cumplan con sus deberes como universitarios, respetándose en todo caso la garantía de audiencia.
Como integrantes de esta institución sabemos de antemano qué es lo que la universidad y la sociedad esperan de cada uno. En este sentido, y mientras se establece una normatividad sólida y clara, debe prevalecer el diálogo constructivo como vía idónea de solución de los conflictos y diferencias.
La aprobación de la Ley de Autonomía de la UCM abrirá el camino para el pleno reconocimiento de los derechos laborales del personal académico y administrativo que gozará así de las prestaciones que por ley debería estar ya disfrutando.

Autonomía
La autonomía universitaria es sin duda necesaria para el ejercicio pleno de la libertad de cátedra y de expresión, además, ésta le permitirá a la Universidad organizarse de la manera que mejor lo considere y ejercer su patrimonio de la forma que ésta misma decida.
Ha sido grato en este sentido percatarme que aún sin un reconocimiento legal de dicha autonomía, la Universidad de la Ciudad de México ha venido ejerciéndola, sobre todo en lo referente a la libertad de cátedra y expresión.
En este sentido hay universidades, que a pesar de que en el papel les han reconocido esta autonomía en la práctica no la ejercen plenamente por muy diversas causas.
En esta universidad se vive un ambiente de libertad para la manifestación de todo tipo de ideas, tanto dentro de las aulas como fuera de ellas. Sus espacios son de los universitarios y se encuentran a su servicio.
La UNESCO adoptó en octubre de 1998 la Declaración Mundial de Acciones para el Desarrollo de la Educación Superior y es para mí grato notar que los principios establecidos en la Ley de Autonomía de la UCM se apegan a los principios adoptados en dicha declaración.
Uno de los principales puntos de este documento se refiere a la autonomía de que deberían gozar las instituciones de educación superior; se refiere además al enfoque que la educación debe tener. Así, enfatizar que la educación debe tender a promover la responsabilidad social y principios universales como la justicia, la solidaridad y el respeto a los derechos humanos. Estos son, sin duda, algunos de los pilares que sostienen el proyecto de la UCM.
La Declaración señala la necesidad de que las universidades tengan un papel más activo en la identificación y formulación de propuestas para buscar soluciones a los problemas que se viven en la comunidad, en el país y en el mundo, lo cual es también fundamental en el proyecto de la UCM.
Los ministros europeos de educación reunidos en Bolonia en junio de 1999 aprobaron una declaración conjunta en la que consideran de vital importancia la autonomía de las universidades, deciden adoptar un sistema educativo basado en dos ciclos fundamentales, pregrado y grado; algo así como ciclo básico y, ciclo superior y asimismo, se comprometen a establecer un sistema que promueva la más amplia movilidad estudiantil procurando lograr con ello una educación multidisciplinaria. Es interesante notar que el proyecto de la UCM se acerca mucho a estor principios establecidos por los ministros europeos. En este sentido, el proyecto de la UCM es también novedoso y dinámico vis a vis la mayoría de los proyectos universitarios en México.   
Academización del gobierno universitario y gestión administrativa

Para evitar al máximo la creación de grupos de poder que respondan primordialmente a sus intereses dentro de la universidad, es necesario evitar al máximo privilegios materiales a favor de las personas que ocupen algún cargo dentro de los órganos de decisión.
En este sentido, es también necesario limitar el tiempo que los representantes detenten sus cargos.
La gestión administrativa de la universidad será, según el proyecto de Ley de Autonomía, coordinada por el Consejo Universitario, en este sentido el consejo tendrá la responsabilidad de que dicha gestión procure cumplir con los requerimientos de los estudiantes y el personal académico, estableciendo procedimientos ágiles para la toma de decisiones.
Como fue acertadamente comentado por el Dr. Reygadas el miércoles, la aprobación de la Ley de Autonomía de la UCM permitirá a la institución disponer de su patrimonio de la forma en que mejor lo considere y, algo importante, ampliarlo a través de cualquier otra vía lícita.
Por todo ello, estoy convencido de que el reclamo de autonomía de la Universidad de la Ciudad de México es legítimo y una condición fundamental para su mejor desarrollo.
Es para mí un verdadero gusto tener la oportunidad de participar en este proyecto abierto, alternativo y democrático que coloca al estudiante, a la sociedad y en lo particular a los sectores menos favorecidos en el centro de su atención.


Gracias
.

La Universidad Autónoma de la Ciudad de México.
Sus integrantes y su organización.

José Luis Gutiérrez*

Participo en este foro por invitación de sus organizadores, a quienes agradezco la deferencia personal, pero lo hago en representación de un grupo de profesores y alumnos de los posgrados y del Programa de Energía de la UCM, cuya sede es el plantel de la Colonia del Valle.
A fines de mayo, en atención a la convocatoria del rector, Manuel Pérez Rocha, este grupo constituyó un taller de análisis del documento Proyecto de Ley de Autonomía de la Universidad de la Ciudad de México y Exposición de motivos1 que el rector puso a consideración de los universitarios para elaborar, con base en sus contribuciones, la propuesta que ha de presentarse en fecha próxima ante los órganos competentes.
Importa destacar que iniciamos las labores del taller con un ejercicio de reflexión acerca de la institución que queremos, de la misión de nuestra universidad; se trataba de identificar y construir colectivamente una visión compartida de nuestro proyecto educativo sobre el cual orientar la revisión del documento.
El trabajo del taller no ha concluido. Hace un par de semanas le hicimos llegar un análisis completo del articulado de la Ley en el cual presentamos nuestras propuestas y las razones de los cambios específicos. Ahora está en proceso la revisión final de nuestras observaciones a la Exposición de motivos.

Hemos sido convocados hoy a discutir un temario sobre el cual se precisan no los apuntes que el poco tiempo nos obliga a hacer sino una discusión profunda, sostenida, documentada y colectiva de la cual emerja (continuadamente, por así decirlo) una forma de concebir la misión de la UACM con la cual se identifiquen todos los actores de la universidad: cada estudiante, cada maestro, cada trabajador.
Esto debe, por cierto, asumirse como una tarea permanente, siempre en proceso, siempre inacabada en la cual estamos hoy obligados a hacer un corte para tomar decisiones que se convertirán en pautas de la vida institucional y pueden, andando el tiempo, ser ataduras o soportes, camisas de fuerza o puntos de apoyo para el cumplimiento de aquella misión. De ahí la enorme importancia de las formas específicas de organización que decidamos darnos.

Consideramos como punto de partida el siguiente Postulado fundamental:

El gobierno de la UACM, tanto por su estructura como por las acciones de los funcionarios que lo ejerzan, debe servir a la misión de la universidad y supeditarse siempre a las directrices que los órganos académicos establezcan para el cumplimiento de la misma.
Aunque una afirmación como ésta pudiera parecer innecesaria por evidente, importa hacerla explícita porque abundan los ejemplos de instituciones de educación autónomas en las cuales ni la estructura de gobierno ni quienes asumen su responsabilidad, cumplen con ese postulado.
En algunas, los funcionarios se comportan como si su primera obligación de gobierno fuese mantenerse en los cargos, no con una visión de servicio sino de medro personal o de grupo, de pasión por el poder o de servicio a intereses ajenos a los de la institución; hacen de la burocracia una cabeza de hidra o, si se prefiere, en el lenguaje de Varela y Maturana, una red autopoética cuya razón de ser es el persistir a todo trance.
Las castas burocráticas deciden, mediante el uso discrecional del presupuesto, qué proyectos impulsar o inhibir: en ellas reside, en última instancia, el poder real y no es exagerado decir que, para conservar sus privilegios, suelen aliarse o ser representantes directos, en las universidades estatales, de los grupos de poder político local y de los alcance federal, en las instituciones nacionales.
Al ser traicionada por los primeros que deberían defenderla, cualquier aspiración de autonomía queda burlada y es, entonces, nugatoria. Aún no se ha escrito la historia del conflicto entre casta burocrática interna y vida académica pero la sufrimos en nuestras instituciones de origen y muchos de los peores episodios de la universidad mexicana de la última década han sido burdamente provocados por el estado a través de aquélla.
¿Cómo evitar este proceso de enajenación de los funcionarios?, ¿qué tipo de estructura les es menos propicia?, ¿sobre qué principios debe conformarse un aparato administrativo genuinamente universitario?
Dado el postulado fundamental, la respuesta a estas preguntas depende del cuál sea la misión de la universidad. Hasta ahora, el documento más acabado a este respecto está en la Exposición de motivos del Proyecto de Ley y, con base en él y en el ejercicio de reflexión sobre el tema con el que el taller inició sus trabajos, se elaboraron las líneas generales de la propuesta que se presenta aquí.

Proyecto educativo y democracia

En la Exposición de motivos2 se establece que “el proyecto educativo que inspira (a esta) universidad corresponde a un proyecto de nación auténticamente democrático…”.
La estructura de gobierno debe ser consistente con esto; hace falta superar la idea de que la democracia consiste en elegir autoridades o representantes para luego delegar en ellos nos sólo la responsabilidad de gestionar sino el propio derecho a decidir.
Desde nuestra perspectiva, implica un ejercicio colectivo, no burocratizado, del poder y tiene como fundamento el derecho y la obligación de los miembros de la comunidad a participar en los ámbitos que les competen. Esto significa que sea cual fuere dicha estructura, deberá garantizar:
• la participación de los universitarios en la toma de decisiones en las cuales tengan un interés legítimo;
• en particular, el derecho de los profesores a elaborar y revisar los planes y programas institucionales en los cuales participe directamente, de manera que el proyecto universitario sea suyo y la labor académica no se vea como trabajo para otro sino para sí y para todos;
• la obligación de quienes ocupen cargos administrativos o de gobierno de informar periódicamente o a petición expresa de los miembros de la comunidad de la UACM de sus actos de gobierno;
• el derecho de los universitarios a recibir respuesta a sus demandas legítimas;
• la posibilidad de destituir a cualquier funcionario o representante en algún órgano de gobierno cuando los universitarios o los representados lo consideren pertinente;
• la igualdad de los universitarios; en particular, relacionada con la ausencia de privilegios materiales o económicos para quienes ostenten un cargo de representación o sean funcionarios.
Este último punto debe ubicarse en el siguiente contexto: a diferencia del resto de las instituciones públicas de educación superior del país, la nuestra inició sus labores con la intención manifiesta de mantenerse al margen de la siniestra política de “estímulos al rendimiento académico” impuesta a rajatabla desde el salinato y cuya cauda de males es objeto de lamentaciones en todos los tonos por parte de los estudiosos de la educación (recuérdense, sin ir más lejos, las que escuchamos aquí mismo el lunes de esta semana).
Además, al fijar los salarios de los profesores de tiempo completo se sigue un principio de equidad: todos debemos ganar lo mismo y tener ingresos decorosos que nos permitan satisfacer nuestras necesidades desahogadamente. Si se compara este principio con el del dominio de la mezquindad, prevaleciente ahí donde los ingresos dependen de la productividad (como si generar y reproducir el conocimiento pudiese equipararse con la fabricación de tornillos) de los académicos, es más evidente la generosidad del proyecto educativo en el que estamos empeñados.
En estas condiciones, asumir un cargo de gobierno es una distinción universitaria que no debería implicar premio material, alguno así implique más responsabilidades. Desde luego, esto suena raro en un mundo dominado por el mercantilismo, pero si somos congruentes, deberíamos atrevernos a ser innovadores también en este terreno. Además, no sería poca nuestra contribución a la buena salud emocional de los académicos funcionarios pues se reduciría el riesgo de depresión después de haber probado las mieles del privilegio cuando la fortuna, democrática sin saberlo, los devuelva a las honrosas tareas cotidianas de la vida académica.

Espacio académico autónomo

El hecho de que la UACM constituya un espacio académico autónomo consiste, a juicio nuestro, en su absoluta libertad para:
• definir sus programas académicos y de extensión;
• planear su propio desarrollo;
• darse a sí misma la estructura de gobierno que los universitarios consideren adecuada para el cumplimiento de sus planes y programas;
• administrar sus recursos financieros y patrimoniales y
• otorgar los certificados y títulos profesionales que, según sus planes y programas, sea pertinente.

Asimismo, el ejercicio de la autonomía conlleva:

• el derecho institucional de tener garantizados recursos económicos públicos suficientes y
• la obligación de ejercer su gasto de manera transparente para que cualquier persona pueda, en cualquier momento, acceder a la información sobre cómo se utilizan los recursos; en esto consiste rendirle cuantas a la sociedad.
En consecuencia, el gobierno universitario deberá conducirse en estricto apego a lo anterior, tanto en el ejercicio de los derechos como en el cumplimiento de las obligaciones. En particular, deberá evitar que:
los planes y programas académicos que establezcan en función del beneficio económico que pudieren generarle la propia institución o a un grupo ajeno a ésta que pague por sus servicios; se trata de evitar la maquila de recursos humanos con fines inmediatos, los programas de formación profesional elaborados por la presión del mercado de trabajo o la investigación bajo consigna a favor de los grupos sociales económicamente poderosos;
• se adopten formas de organización del trabajo que inhiban la participación de los universitarios en la vida de la institución:
• se establezcan controles ajenos al interés de la UACM para el ejercicio del presupuesto.

Carácter público y genuino de la universidad

Entre otros elementos, el carácter genuino de la universidad está descrito en la Exposición de motivos3 en términos de la superación de las tendencias dominantes a la segregación y especialización del conocimiento. Se presenta, entonces, la necesidad de constituir grupos, núcleos o colectivos (de trabajo) que sean “espacios adecuados para el trabajo interdisciplinario”.
Estos grupos han de ser, al mismo tiempo, generadores de las directrices de gobierno de la universidad y núcleos de organización de toda su labor. Particular atención ha de ponerse en no constituirlos con base en criterios de identificación disciplinaria (como las academias que surgen por inercia en la primera hora de la UCM) o gremialista. Pueden, sí establecerse dinámicamente, por programas o proyecto, en colectivos abocados a resolver problemas en los cuales están involucrados todos los participantes.
Esto implica favorecer la participación horizontal de los académicos en una estructura de red, con canales de comunicación entre varios núcleos, vigentes todo el tiempo, en donde el sentido corporativo de pertenencia se desdibuja y se abren posibilidades de participación mucho más dinámicas que las de una estructura rígida en la cual los grupos de trabajo se constituyen de una vez y para siempre. Implica también superar la línea de mando jerárquica tomada como modelo en la universidad empresarial y cuya eficiencia es, según los administradores metidos a la planeación educativa, superior a cualquier otra.
Importa referir las consecuencias de la horizontalidad como herramienta para evitar fragmentaciones impuestas por las peores tradiciones del mundo académico: en nuestra universidad no existe razón alguna para separar a los investigadores de los docentes ni a los profesores de posgrado de los de licenciatura ni a los técnicos de los humanistas ni a éstos de los científicos, toda división es espuria. La UACM es una institución en donde todo el trabajo académico, la contribución de cada uno, es igualmente valiosa; en ella, los universitarios somos pares identificados por un proyecto común.

Proyecto innovador

La innovación a la que se refiere la Exposición de motivos4 se centra en el proceso educativo: en la enseñanza y el aprendizaje, el diseño curricular, la atención personalizada, la certificación… y pone especial énfasis en la necesidad de “conformar estructuras flexibles y dinámicas que permitan asimilar adecuadamente las experiencias positivas y reformular periódicamente los diseños”.
En el contexto de la discusión sobre el gobierno y la organización de la universidad, la flexibilidad y el dinamismo deben interpretarse aquí como opuestos al anquilosamiento propio de los órganos que se burocratizan y que se originan en la enajenación de sus miembros respecto a los intereses de la academia.
Es indispensable, entonces, evitar que los académicos dejen de hacer academia y se conviertan en administradores, que se especialicen en gestionar y, a la larga, se arroguen el poder de decidir, dispensar favores y privilegios y quiénes han de sucederlos en el ejercicio del poder.
Esto implica poner “candados” no sólo sobre los privilegios materiales sino sobre el tiempo que un profesor puede ser funcionario y sobre las decisiones que puede tomar sin consultar a los miembros de la comunidad con interés legítimo en sus decisiones. Por ejemplo, se debe establecer:
• un tiempo máximo de gestión administrativa, después del cual
• el académico deberá volver a las funciones académicas comunes durante un tiempo igual al de su nombramiento como funcionario
• un mecanismo ágil de participación de la comunidad, a través de los núcleos académicos básicos, en la toma de decisiones
• una lista que delimite el alcance de las decisiones del funcionario.
Asimismo, implica evitar que se constituya cualquier forma de poder ajena al interés académico. Quiere decir que no se debe permitir que los académicos metidos a funcionarios ni los administrativos –que no son, de origen, académicos pero que pueden tener en sus manos decisiones con profundas consecuencias académicas- controlen la vida de la UACM.

Constitución de una comunidad académica

La comunidad académica se constituye sobre la base de un proyecto, unos valores y un quehacer compartidos. La Exposición de motivos los trata extensamente en los apartados que se enlistan a continuación:

• Garantizar la libertad académica y la pluralidad de pensamiento.
• Generar el desarrollo cultural, profesional y personal de los estudiantes.
• Asegurar un alto nivel en todas sus actividades académicas y la plena confiabilidad en los certificados, títulos y grados otorgados.
• Establecer una relación responsable con la sociedad.
Alcanzar estos objetivos precisa la identificación con los propósitos comunes y su construcción colectiva por los miembros de la comunidad y demanda, también, órganos de gobierno ágiles, genuina y legítimamente académicos que se configuran en la discusión de los apartados anteriores.
Precisamente por considerarlas ajenas al espíritu del proyecto universitario y a todo lo que se ha explicado en este documento, en el taller se decidió rechazar explícitamente y demandar sean retiradas por completo del clausulado, las siguientes dos propuestas:
• La de crear una “Comisión de Hacienda del Consejo Universitario” constituida por “tres miembros del Consejo que cuenten con experiencia financiera” como forma de garantizar el manejo transparente del patrimonio de la universidad.
• La de rendirle cuentas a un “Consejo de Participación Social” conformado por representantes, entre otros, de los colegios profesionales y de diferentes tipos de asociaciones civiles.
En el caso de la primera, se estaría creando un grupo de poder sin fundamento académico: estaríamos obligados a elegir, siempre, a tres personas con “experiencia financiera” sin importar su nivel de compromiso institucional o su identificación con el proyecto universitario.
Las penosas negociaciones que la universidad ha tenido con los contadores (prototipo de funcionarios con la experiencia que se pide en la propuesta) de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal sugieren que no sólo es ésta una manera de garantizar la transparencia en el uso de recursos sino una traba mayor para el desempeño de nuestro trabajo. Mejor es cumplir cabalmente con el compromiso de informar sin cortapisas a quien lo solicite.
En relación con la segunda, se le daría entrada legítima a la UACM a grupos organizados corporativamente, muchas veces integrados como grupos de presión con intereses políticos y económicos ajenos al quehacer educativo; opuestos en todo a nuestra intención de romper los moldes de la segregación disciplinaria y de evitar la injerencia de grupos de interés en la vida universitaria.
Ambas constituirían amenazas directas al ejercicio de la autonomía. Bien puede argüirse que es necesario ceder en esto para evitar los cuestionamientos a los que se ha sometido a la universidad pública mexicana en los últimos veinte años. Empero, no debemos permitirnos olvidar quiénes y con qué intenciones han hecho esas críticas y cómo han sido usadas por el Estado para postrar a las instituciones, encaminarlas hacia los modelos empresariales, y reducir el valor de su autonomía al del papel en el que está escrita.
Hemos tratado de explicar aquí por qué una misión como ésta implica construir a la UACM sobre principios generales de solidaridad y respeto entre sus miembros y entre éstos y la sociedad; una institución humanista, e interdisciplinaria, capaz de incorporar lo mejor del conocimiento universal y contribuir al desarrollo del mismo con una orientación clara de servicio a quienes más lo necesitan, y mediante esto, a todos porque el bienestar no puede circunscribirse a sólo un grupo social.
Consolidar el proyecto de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México es, quizá, una oportunidad única de los universitarios mexicanos para probar, en lo concreto, que es posible construir una institución pública de educación superior capaz de corresponder a la generosidad de la sociedad con acciones igualmente generosas; que, aun en contra de las tendencias dominantes, es posible concebir una universidad en la cual se construye, genera, reproduce, conserva y difunde conocimiento para pensar a la nación y a la Ciudad de México y transformarlas tanto en aspectos materiales como no materiales para contribuir a que sus habitantes satisfagan sus necesidades básicas, vivan con dignidad y puedan ejercer su derecho a ser felices.

* Participación en el foro organizado para discutir aspectos relacionados con la autonomía universitaria y que tuvo lugar el 31 de octubre de 2003, en e plantel del Centro Histórico. El ponente es coordinador del Programa de Maestría en Dinámica no Lineal y Sistemas Complejos de la UCM.
1,2,3,4,5 Pérez Rocha, Manuel. Proyecto de Ley de Autonomía de la Universidad de la Ciudad de México y Exposición de motivos. México, UCM, 13 de enero de 2003.

 

ALGUNOS RASGOS ACTUALES DE LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA EN MÉXICO
Dr. Guillermo Villaseñor García
Universidad Autónoma Metropolitana
Unidad Xochimilco

El reconocimiento de la plena autonomía y de la personalidad jurídica que hace sesenta años hizo el H. Congreso del Estado al Instituto de Ciencias del Estado, dando paso así a la Universidad Autónoma de Aguascalientes, ciertamente es un gran motivo de celebración. Sobre todo teniendo en cuenta que en las postrimerías del siglo XX e inicios del XXI la realidad de la autonomía universitaria ha sido objeto de profundas transformaciones que, en los hechos y en los conceptos, han provocado situaciones de duda y de confusión.

Desde luego, no pretendo en estas breves páginas abordar íntegramente el complejo tema de la autonomía, sino tan sólo resaltar algunos de los rasgos sobresalientes de su problemática en las instituciones de educación superior (IES) y particularmente en las universidades de hoy, vistas desde su relación con la sociedad, y apuntar algunos de los constitutivos básicos que pudieran ser parte de una propuesta de autonomía, diferente a la actualmente más practicada.

1.      LA PROBLEMÁTICA ACTUAL DE LA AUTONOMÍA

Lo nuevo de la problemática actual acerca de la autonomía, que no está en las preguntas fundamentales que siempre nos hemos planteado sobre ella, sino en las respuestas que hoy se les da a dichas preguntas. Por eso me interesa replantear su contenido a partir de cuestiones seculares sobre la misma en su relación con la sociedad. En consecuencia, es muy importante que nos volvamos a preguntar sobre su origen, sobre su naturaleza, sobre sus orientaciones y contenidos, partiendo de la discusión acerca de quién es el sujeto que la encarna, el sujeto que define sus orientaciones y sus contenidos, el sujeto que la ejerce, etc. Repito, no para agotar estos problemas sino sólo para resaltar algunos puntos actuales de debate que nos permitan visualizar prospectivamente su ejercicio.

En el caso de nuestro país, especialmente a partir de la década de los noventa del siglo XX, el concepto y el ejercicio de la autonomía comenzaron a ser fuertemente cuestionados y también a entrar a una situación de opacidad y de falta de precisión en sus contornos prácticos, por el cambio que comenzó a darse en las instituciones, sobre todo a través de las orientaciones con las que se aplicaron las políticas de evaluación y de financiamiento, y por el cambio de la relación entre las universidades y el Estado. Ello ha provocado que la definición del sujeto de la autonomía se vuelva un objeto de discusión y que el ejercicio de la misma haya suscitado algunos cuestionamientos.

En efecto, con la política derivada del Programa de Modernización de la Educación Superior impulsado en el sexenio salinista, la importancia y la práctica de la autonomía comenzó a ser considerada como un factor de segundo rango ante la primacía de determinada orientación de la evaluación y su vinculación con el financiamiento, por ser estas aplicaciones instrumentos de reconducción y reorientación social y académica de las IES. Incluso en el informe que Philip Coombs entregó al Secretario de Educación Pública, Manuel Bartlett Díaz en 1999, se comenzó a considerar que las amplias facultades discrecionales en las universidades por causa de la excesiva autonomía, impedían los procesos de reforma universitaria al hacer de las universidades instituciones humanas cuyo gobierno se basaba en la anarquía.1

La mencionada primacía del binomio evaluación-financimiento, a lo largo de la década de los noventa, modificó la relación entre las universidades y el Estado, con lo cual "el eje de este gran cambio se concretó en una forma distinta de concebir la relación entre la universidad, el estado y el mercado, teniendo como resultado una drástica disminución de la autonomía institucional".2 Con este modelo de evaluación, supuestamente "a distancia", las universidades sólo mantienen su "autonomía" para decidir metas y medios, "mientras que el Estado mantiene el poder de decisión sobre dicha metas".3

A pesar de esta peculiar concepción de la autonomía, el discurso oficial y el lenguaje institucional, durante toda la década y hasta el presente han seguido refiriéndose a una defensa y ejercicio creciente de la autonomía, aunque "en la práctica se observa cómo el Estado reclama para sí la facultad máxima para definir la orientación de la educación superior y de instrumentar los mecanismos que él considere pertinentes para encauzar el proceso".4

Todo lo anterior condujo a que el principio de la autonomía se viera fuertemente cuestionado, llegando a hablarse, incluso, de un tránsito de la universidad hacia un modelo heterónomo, "en la medida en que su misión, agenda y resultados son definidos en mayor proporción por controles externos e imposiciones, que por sus organismos internos y autónomos de gobierno".5 Se generó, pues un nuevo ordenamiento institucional en el que la aplicación de ese tipo de evaluación y su vinculación inseparable con el financiamiento extraordinario, produjo lo que se ha denominado, una "Autonomía Regulada"6, con lo cual, paulatinamente se ha ido progresando en la reorientación académica y sobre todo se ha logrado impactar en la direccionalidad o funcionalidad social de la educación superior.

Las tendencias de la década pasada, en la actualidad se conservan substancialmente idénticas, aunque, desde luego, han adquirido nuevas formas de expresión que les han servido para refinar y modernizar los propósitos anteriores. Así, encontramos diversos programas que le han dado continuidad a la política del binomio evaluación-financiamiento, habiendo sido el PROMEP, quizá, el más importante de ellos, al lado de planteamientos que se han gestado desde fines de los noventa, como los de los sistemas de evaluación y acreditación, los de un nuevo esquema de financiamiento a través de indicadores de desempeño, los de la metamorfosis aplicada a los CIEES, etc. Por eso, la cercana creación del Consejo para la Acreditación de la Educación Superior (COPAES) o la instauración del Programa Integral de Fortalecimiento Institucional (PIFI), del Programa Integral de Fortalecimiento del Posgrado (PIFOP), o del Programa Nacional de Becas (PRONABES) entre otros, todos ellos operando sobre el principio de la vinculación entre el financiamiento y la evaluación, nos muestran la vigencia refinada de esa misma política.

Así, como elemento catalizadores de estos programas concretos, encontramos tres categorías centrales que cobijan al binomio evaluación-financimiento y que han sido utilizadas en los últimos años para darle una visión actualizada a las políticas del modelo heterónomo o de autonomía regulada: el aseguramiento de la calidad, la corresponsabilidad y la rendición de cuentas. No cabe duda que estas tres categorías, a pesar de que se manejan con un alto grado discrecional de polisemia dependiendo de la visión ideológica desde la que se proclaman, comportan elementos positivos que es necesario asumir para una práctica renovada de las políticas de evaluación en el marco la autonomía. Por eso no hay que rechazarlas dogmáticamente. Pero el contenido y la puesta en práctica de estas categorías siempre será una variable dependiente de las visiones que se tengan de dicha autonomía.

En la actualidad, la aplicación en México de estas tres categorías, y por lo tanto de la evaluación y del financiamiento, se han hecho desde la visión generalizada e ineludible de la "autonomía regulada". Esta interpretación es la que se ha elaborado o presentado, al consuno, por los rectores agrupados en la ANUIES y por los altos funcionarios de la SEP, cuyo discurso propagandizado pero poco discutido por los actores involucrados, va comenzando a formar parte del imaginario de algunos segmentos sociales y universitarios.

Dentro de esta interpretación, se tiende a considerar que el sujeto público que debe determinar la naturaleza y los contenidos fundamentales de la autonomía es el Estado, a través de organismos gubernamentales de los poderes Ejecutivo y Legislativo; e incluso se busca que esta manera de entender el sujeto de la autonomía se convierta en ley para poder darle un carácter de obligatoriedad legal.

En esta perspectiva, a las instituciones sólo les corresponde determinar los contenidos secundarios de dicha autonomía, de acuerdo con las determinaciones fundamentales ya prescritas y en concordancia con su visión y misión localmente determinadas. Por lo tanto, las instituciones en cuanto a su autonomía, son objetos de definición del Estado, desempeñando ellas un desteñido papel de sujetos que sólo se aplica a las formalidades de ejecución de sus labores académicas y administrativas. Sin embargo, a pesar de la vigencia de esas tendencias claramente heterónomas, el papel secundario desempeñando por las instituciones, paradójicamente, no ha sido obstáculo al discurso oficial para desarrollar una retórica en la que se proclama la ampliación y la flexibilidad de la autonomía.

Es interesante encontrar que esta visión más extendida, a su vez, coincide con los planteamientos que sobre educación superior en general, y sobre autonomía y relación con el Estado particularmente, han sustentado e implantado las tendencias más fuertes en algunos organismos internacionales.

Ante la persistencia ya señalada de las orientaciones heterónomas, conviene incursionar brevemente en sus causas, al menos en la que pudiera ser una de las hipótesis más fuertes. Siguiendo la discusión que recientemente ha planteado Yosu Landa en la revista de la ANUIES, se dice: "esta heteronomía gubernamental no es ajena al fuerte influjo proveniente de los procesos que canalizan la globalización de la "nueva economía". Se trata de un nuevo avatar del capitalismo, particularmente nocivo por su palmaria voracidad, por su irrespeto a límites éticos y sociales elementales, por su unilateral sentido mercantilista, por su enorme capacidad de imponer su lógica economicista, por su destructividad en el plano social y ecológico, con lo que pareciera adquirir carta de naturaleza una necesaria conexión entre ese modo de economía y las funciones esperables de toda genuina institución universitaria así, con la idea de introducir la racionalidad del mercado, libre de toda cortapisa legal, política, social y moral, los gobiernos del presente procuran encauzar el desarrollo de la educación superior de acuerdo con las necesidades de los principales factores de la nueva economía global... En definitiva, desde las instancias administradoras de la res publica, se intenta reorientar el rumbo de la educación superior por el derrotero de la ciencia hiper-instrumentalizada, que se aviene con el pujante proceso del nuevo capitalismo".7

Este autor redondea sus ideas en este punto señalando la necesidad de evitar que la lógica del mercado se convierta en el factor regulador de la educación superior y en el criterio dominante de su valoración, lo cual, dice, nos podría conducir a una "necesaria refundación del ideal automático".

Como se puede vislumbrar, detrás de los planteamientos de la heteronomía gubernamental y de la refundación del ideal autonómico universitario, sigue presente la antigua y actualísima discusión acerca del sujeto de la autonomía. Igualmente está presente la problemática del ser de las universidades en el sentido de si éstas son partes constitutivas del Estado operacionalizado a través del gobierno, o si son materia de interés del Estado y del gobierno de manera que se puedan consider como plenos "sujetos de derecho"; de ambas posibilidades se podrían desprender consecuencias, ya fuera para instrumentar una autonomía regulada, o bien para buscar una nueva formulación de la autos-nomos para la educación superior.

En relación con esta problemática tan compleja, es ilustrativo tener en cuenta que la ANUIES en su documento de 1999, La Educación Superior en el Siglo XXI. Líneas Estratégicas de Desarrollo, hace translúcida su concepción acerca de una relación biunívoca de atribuciones y funciones entre las instancias del Ejecutivo Federal y la propia Asociación, de manera que  eso hace patente la transferencia, realmente existente, entre las funciones de ambos organismos. Desde mi punto de vista, hay ambigüedad y existen deslizamientos entre lo que corresponde a uno y a otro tipo de instancias, lo cual manifiesta la necesidad de discutir y aclarar nítidamente la relación con el Estado y por lo tanto la operación y formulación de la autonomía.8

En el Programa sobre el Marco jurídico de la Educación Superior, que aparece en el mismo documento, una de las metas que propuso la ANUIES para el 2001 fue la de tener un documento condensado por la CUPIA sobre los alcances de la autonomía. El planteamiento mismo de esta meta es el reconocimiento de que entre los miembros que la componen existe una diversidad de opiniones al respecto. Sin embargo la ANUIES también se propone contar, para el 2004, con un nuevo marco legislativo que modifique el artículo 3º. de la Constitución en lo referente a la autonomía. Y esto último se ubica, obviamente, dentro de las propuestas para las acciones que debe realizar el Estado.

Es decir, que a pesar de la falta de consensos sobre los alcances de la autonomía, ya se aprobó que sea un órgano gubernamental quien defina en última instancia la autonomía. En otras palabras, antes de haber logrado la meta del consenso sobre los alcances de la autonomía, ya se adoptó la resolución de que debe ser el Estado a través del gobierno, el sujeto definidor de dicha autonomía, con lo cual ya se está predeterminando una condición que modula los alcances de la misma. Como se ve, hay una "petición de principio", además de que se desliza una visión heterónoma de la autonomía.

Estamos ante una discusión muy importante ya que, en los hechos, a las instituciones se les está considerando como entidades que deben ser normadas y reglamentadas desde fuera de ellas, como en realidad está aconteciendo. Y además, dentro de este conjunto de preguntas y de cuestionamientos, también es un hecho que todos seguimos aceptando la existencia, prácticamente axiomática, de la autonomía y seguimos imbuidos por el discurso de que esa autonomía está cada vez más perfeccionada.

2.      CONSTITUTIVOS BÁSICOS PARA UNA PROPUESTA

Por lo general, en las leyes orgánicas de las universidades públicas se señala que éstas son "organismos descentralizados del Estado", y de esta figura y denominación jurídicas se desprende la obligación del gobierno de proporcionarles recursos económicos. Como consecuencia de lo anterior, se ha concebido que las instituciones deben ser instancias adecuadas para que las administraciones gubernamentales en turno puedan aplicar las políticas necesarias para el logro de un Estado constitucional mexicano; esta concepción constitucional del Estado, estará matizada, desde luego, a través de la interpretación que de ello realice el ideario político de los gobernantes en funciones.

Entre otras palabras, se afirma aunque no en voz alta- que las universidades son instrumentos que utiliza la orientación política que está en el poder y dirige al Estado, y en consecuencia, el gobierno debe encauzarlas y reglamentarlas. Hay un tránsito no suficientemente dilucidado entre lo estatal, lo gubernamental y lo político, que genera una buena serie de confusiones en la vida práctica, sobre todo en lo relativo al contenido del concepto de Estado y de sus atribuciones, y al concepto de gobierno y las suyas, con sus obvias repercusiones en la manera de entender y practicar la autonomía universitaria.

No cabe duda que las universidades forman parte del Estado,9 están dentro del Estado, son componentes constitutivos del conjunto de instituciones que conforman el Estado, pero no son propiedad de entidad alguna, ni establecimientos orgánicamente dependientes de alguno de los demás órganos que conforman el Estado. Menos aún podemos decir que las universidades sean dependencia que adquieran su razón de ser por la subordinación a alguna de las oficinas o ministerios gubernamentales encargados de organizar la res publica. Por lo tanto no se puede aseverar tajantemente que las universidades sean del Estado, ni del gobierno, aunque no sean del todo ajenas a estos ámbitos del poder. Tendrán que operar de acuerdo con los objetivos políticos genéricos del Estado, pero no necesariamente dentro de una circunscripción heterónoma.

Lo anterior no significa que las universidades sean socialmente autárquicas o absolutamente independientes en cuanto a su razón de ser. Socialmente, las universidades existen en razón de la necesidad que tiene la sociedad en su conjunto de contender con eficiencia profesional y científica ante sus necesidades a través del conocimiento. Por lo tanto las universidades no pueden dejar de considerar que la función social principal que tienen es la de estar al servicio de la sociedad como totalidad, la cual les imprime su razón social de ser, y les hace viable su existencia mediante los recursos económicos que los ciudadanos como colectividad aportan a través del físico.

La sociedad, el pueblo, en quien reside la soberanía, le delega al gobierno la responsabilidad de administrar sus recursos en forma vicaria. Por lo tanto el gobierno deberá canalizar los recursos de acuerdo con las necesidades u orientaciones que procedan del conjunto social, dentro del cual las realidades que afectan a la mayor parte de los ciudadanos tendrán una ponderación determinante. Así, la pertenencia10 y las pertinencias universitarias con respecto a la sociedad, no podrán ser ignoradas por las instituciones educativas, de lo cual tampoco se sigue necesariamente un régimen heterónomo, aunque sí deberán actual en concordancia con los intereses generales de la sociedad.

Por otra parte, si nos remontamos a las características originarias de las universidades, podemos constatar cómo su objetivo central de adquirir, preservar, construir y enseñar el conocimiento para responder a las inquietudes y apremios de la sociedad de su tiempo, condujo a los prístinos universitarios a demandar de los poderes políticos y religiosos el reconocimiento de la autonomía en sus labores porque la naturaleza de su institucionalidad, centrada en el conocimiento, así lo demandaba.

En otras palabras, porque la autonomía es un atributo intrínseco del conocimiento e inherente a la operación institucional del mismo, por eso se demanda su reconocimiento por las instituciones. La autoridad reconoce, pero no otorga la autonomía. Por eso no es de extrañar que desde los orígenes de la universidad y a lo largo de toda la historia,11 la autonomía se haya aceptado como un axioma, y sin embargo también haya sido objeto de muchas lides, a pesar de las variantes que su interpretación haya tenido en diversas épocas.

Así pues, el sujeto real en quien reside la autonomía es la institución llamada "universidad", a la cual se encarna principalmente en sus agentes, que llevan a la práctica el conocimiento a través de un proyecto académico, y estos agentes son, primordialmente, los profesores y los estudiantes "que asuman incondicionalmente los valores de la academia"12. A ellos corresponde, en primera instancia y con el impulso de los órganos de conducción, señalar los alcances de la autos-nomos, de sus formas de organización, de sus criterios de evaluación, etc., en vistas a la independencia en lo académico, a la autonomía en lo organizativo, a la autodefinición en su vinculación externa y a la pertinencia en su respuesta social. Pero todo ello sin perder nunca vista que se es parte del Estado nacional y sin dejar de buscar la adecuada inserción en el contexto reticular de la mundialización internacional.

Por lo tanto, queda claro que el objetivo social último de la autonomía es que las instituciones universitarias puedan ser verdaderos centros de despliegue del conocimiento al servicio de la totalidad social. Por lo tanto, con la autonomía se busca que ni este conocimiento, ni las instituciones que lo procesan, sean instrumentalizados por ningún poder heterónomo a ellos, ya sea que tuviera pretensiones de encauzarlos en función de intereses de diversa índole de los académicos, o de encaminarlos en razón de intereses sociales particulares que se apartaran de los intereses de la totalidad social marcada por los apremios de la mayor parte de sus miembros.

Como se ve, la búsqueda y ejercicio de la autonomía no es sino el asumir las consecuencias de la relación intrínseca y mutuamente dependiente entre las universidades y su sociedad, pero respetando e impulsando la naturaleza del eje articulador de las universidades, que es el conocimiento. La defensa de la autonomía no adquiere su razón de ser en el hecho de emprender una cruzada contra algún tipo de Leviathan, ya sea éste el Estado o los organismos internacionales o la visión economicista neoliberal, sino en recuperar para las universidades su válida función social originaria y natural, que está siendo desvirtuada por las proyecciones heterónomas. Indudablemente que ello podría implicar ciertas escaramuzas económicas, institucionales, ideológicas, laborales, etc., pero no como un efecto pretendido sino como una realidad concomitante.

Más aún, desde la autonomía es necesario buscar cómo relacionarse con las entidades públicas, pero sin subordinarse a ellas, sino a partir de las propias realidades universitarias. Porque no hay que perder de vista que la raíz última que ha propiciado que en la actualidad se refuercen los planteamientos heterónomos aunque con una motivación diferente pero coincidente con las argumentaciones de medidos del siglo XX- no es el aparato administrativo y burocrático de las secretarías de gobierno. Estos son ejecutores de las directrices que, en cascada y con diversos niveles de responsabilidad, les van ordenando, lo cual, por otra parte, no los exime de ser copartícipes inmediatos de su aplicación.

La raigambre heteronómica de fondo es la función social que se le ha asignado a la educación superior de convertirse en instrumento alimentar de una visión hiperliberal mediante el manejo pragmático del conocimiento en la formación de profesionales, en el invento de conocimientos que produzcan valor agregado, y en una vinculación con la sociedad, polarizada por las necesidades de una productividad competitiva. La mayor responsabilidad de su aplicación es, por una parte,  de quienes tienen funciones de conducción en diversos niveles, por asumir acríticamente esta función social o por impulsarla; y por otra parte, lo es también de los académicos porque "aunque en medio de coacciones de carácter diverso- hemos abandonado los espacios de conducción organizada de nuestras instituciones y hemos ido aceptando los mecanismos que hacen posible la aplicación de esa función social. Por eso es necesario recuperar el ideal autonómico.

3.      ALGUNOS PUNTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA AUTONOMÍA

Con el objeto de encontrar algunos puntos de aplicación de lo antes señalado, me voy a referir a los tres campos necesarios de operación de la autonomía. No perdamos de vista que los dos ejes que nos han guiado en la reflexión sobre la heteronomía-autonomía han sido el de la soberanía de la sociedad y el pueblo con el papel de administrador eficiente que le corresponde al gobierno, y el eje del atributo intrínseco de la autonomía para el conocimiento y para la operación del mismo.

A la luz de lo anterior, el despliegue operativo de la autonomía comprende tres ámbitos: el académico, el financiero y el de la conducción institucional, todos ellos en interacción recíproca.

1)     En lo académico, el dispositivo principal es el de la autodefinición académica, que consiste en la capacidad real que tenga cada institución, a través de sus órganos colegiados, de decidir, sin presiones externas directas o indirectas, sobre todo financieras, acerca de la composición y organización de sus programas docentes, de investigación y de vinculación cultural.

Algunas aplicaciones de esta definición, a manera de ejemplo, serían las de autodefinir: qué carreras o posgrados abrir, qué tipo de investigaciones emprender, a qué sectores y con que modalidades quiere orientar preferentemente sus servicios académicos, las características académicas de los aspirantes, qué evaluaciones aplicar y con qué criterios hacerlas, qué seguimiento hacer de sus alumnos y profesores y con qué criterios, qué características y habilitación deberán tener sus profesores, cómo organizar flexible y armónicamente los currícula de sus alumnos, qué medidas adoptar para una organización eficiente de la academia, etc.

2)     En cuanto a lo financiero lo central sería la suficiencia y autodefinición Financieras, que consistiría en que las instituciones contaran con los recursos económicos fiscales necesarios (no los mínimos para la subsistencia institucional) cuya necesidad esté sólidamente fundamentada, para la operación académica, mantenimiento y equipo, lo cual les permitiría escoger y orientar su desempeño sin condicionamientos sociales o políticos originados por fuentes financieras específicas.

Esta suficiencia y autodefinición financieras, implicaría, por ejemplo, la distribución interna de sus recursos sin predeterminaciones externas ni recursos etiquetados, el establecimiento de controles y evaluaciones para el uso de los recursos, la definición institucional de criterios y formas de administración de los mismos, una información sistemática a la comunidad y a la sociedad de su empleo, etc.

3)     En cuanto a la dirección y gobierno universitarios, el eje fundamental sería el de la Autoconducción Institucional, que giraría alrededor de la existencia de condiciones reales de posibilidad para aplicar las normas que las propias instituciones se dicten, sin interferencias de circunstancias externas, sobre todo en lo tocante a las formas y operación del gobierno de las instituciones. Sin embargo, este tercer ámbito, no se limita al ejercicio de la autoridad interna sino que comprende también la conducción de los otros dos ámbitos, el académico y el financiero.

También a manera de ejemplo, comprendería la capacidad de nombrar y revocar a sus directivos en todos los niveles sin interferencias externas mediadas o discretas, la definición de los mecanismos que considere más adecuados para el nombramiento de sus autoridades, la composición de sus órganos de conducción, la elaboración de su propia legislación, la creación de mecanismos eficientes de representación de sus sectores internos, la capacidad de determinar criterios de ingreso, promoción y permanencia de acuerdo a la legislación de la materia y a la bilateralidad pactada con las representaciones laborales, etc.

Todo lo hasta aquí señalado, no significa que se rompa cualquier relación de las universidades con el gobierno o que éste no tenga ningún papel activo en el ejercicio de la autonomía. La relación entre ambos sujetos públicos sigue viva, pero con una transformación cualitativa con respecto a la que se da en un régimen heterónomo. Así, al gobierno le corresponderían tres funciones básicas: respetar la autonomía en su relación con las instituciones, salvaguardarla con respecto a intromisiones de organismos extraeducativos, y coadyuvar con las propias instituciones para su realización, sin que todo eso implique inducir determinaciones estatales.

Y así por la vía de los ejemplos, señalo que una atribución propia del Estado sería la de proveer los recursos fiscales necesarios para que de las instituciones puedan desempeñarse con autonomía, y emitir la normatividad presupuestaria y fiscal necesarias para tener políticas de Estado en esta materia. Otra importante atribución sería la de emitir las normas y orientaciones para que el resto de los actores sociales asuman la autonomía universitaria, así como adoptar las resoluciones necesarias para tener políticas de Estado en esta materia. Otra importante atribución sería la de emitir las normas y orientaciones para que el resto de los actores sociales asuman la autonomía universitaria, así como adoptar las resoluciones necesarias para que eso se lleve a cabo. También estar en una alerta respetuosa acerca de los compromisos adquiridos por las instituciones para el ejercicio autonómico, etc. Todo ello implica una interacción dinámica entre el gobierno y las instituciones, ya que se requerirían acuerdos operativos entre los representantes de ambas partes, en orden a las acciones a implementar, los límites que es necesario fijar, las condiciones de operación, etc.

Esta función gubernamental con respecto a la autonomía tendría que contemplarse en un marco más amplio de políticas educativas que elabore el Estado, en el cual se considera en las diversas actividades gubernamentales que es necesario emprender para la educación superior, tales como la construcción de nuevos planteles, la ampliación de la cobertura educativa, la organización de centros de capacitación y de actualización para la vida y el trabajo, la promoción de parques de desarrollo tecnológico, etc. Así se podrían evitar muchas interferencias con la autonomía universitaria.

Pienso que las ideas antes expuestas pueden ser una colaboración para suscitar discusiones acerca de este tema tan vital que ha pervadido la historia y que sigue siendo uno de los pivotes de la nueva universidad que nos están reclamando las realidades de la mundialización y las necesidades apremiantes de nuestra sociedad mexicana.

Guillermo Villaseñor García
Tepepan, Xochimilco, D. F.
Octubre de 2002

1 Veáse Manuel Gil 1991, "¿Cómo nos ven? El informe Coombs"en UNIVERSIDAD FUTURA, Vol. 3, Núm. 8-9, Invierno 1991, p. 41-50. El informe denominado "A Strategy to Improve the Quality of Mexican Education" y elaborado por el International Council for Educational Developement, fue entregado en diciembre de 1999.

2 Veáse ÁREA DE SOCIOLOGÍA DE LAS UNIVERSIDADES (2000) "Luego de la evaluación, los desafíos de la universidad latinoamericana. Hacia una agenda para los años 2000" (Documento de trabajo); La nueva relación Estado-Universidad: la reconceptualización de la autonomía"Notas preparadas por Norma Rondero y Claudia Cárdenas, p. 70. UAM Azcapotzalco, México, D. F. octubre de 2000, p. 70.

3 Ibídem.

4 Ibídem. p. 72

5 Daniel Schugurensky (1998) "La reestructuración de la educación superior en la era de la globalización: ¿Hacia un modelo heterónomo"en Armando Alcantara, Carlos Alberto Pozas H y Torres (Coords) Educación, Democracia y desarrollo en el fin de siglo. p. 118-145, citado por por Norma Rondero y Claudia Cárdenas, (2000), p. 73.

6 Veáse Eduardo Ibarra Colado (1999): "Evaluación + financiamiento = autonomía regulada, o de cómo lared universidad vendió su alma al diablo" en EL COTIDIANO, año 15, No. 95, mayo-junio, p. 18.

7 Veráse Goyogana Yosu Landa (2002) "Instituto Politécnico Nacional: una nueva autonomía"en REVISTA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR Núm. 120. ANUIES, tomada de www.anuies.mx/anuies/revsup/res120, p.10-12.

8 Un ejemplo de ello es la labor de "definir políticas de Estado para el desarrollo de la educación superior..." o la de "formular el Programa Nacional de Educación Superior 2001-2006... integrando las aportaciones presentadas por la ANUIES..." etc., como se señala entre las metas del Programa de Planeación y Coordinación de la Educación Superior. La ANUIES, según se señala en el documento, no sólo sugiere o impulsa, sino que "define" y "formula" política de Estado y programas de carácter sectorial.

9 Con el riesgo que tienen las simplificaciones, señalo que entiendo por Estado, el conjunto de las instituciones de un país, cuya acción conforman una comunidad organizada de acuerdo con la Constitución, para el ejercicio del poder político legítimo y la salvaguarda de los derechos individuales o sociales, y que es diferente de las manifestaciones parciales de dominación.

Por gobierno, también en términos generales, entiendo el conjunto de personal y de órganos con autoridad y poder, al servicio del Estado y de la sociedad para garantizar los asuntos públicos de una colectividad nacional, y que lo ejecutan de acuerdo con la Constitución, con las necesidades de la sociedad general y según la orientación política del grupo gobernante democráticamente electo.

10 Veáse Martín López Ávalos (2001) "El dilema contemporáneo del rumbo de la universidad: legitimidad social o autonomía académica", en CONFLUENCIA órgano Informativo de ANUIES. Octubre de 2001. Núm 104, p. 14-16.

11 Veáse . Carlos Tunnermann B. (1999). La Universidad: Evolución Histórica y Visión de Futuro. Fondo Editorial CIRA. Colección "Educación y Sociedad". Managua 1999.

12 Veáse Yosu Landa (2002), p. 10.

 

De la autonomía regulada a la universidad participativa:nuevos retos para sus comunidades
Eduardo Ibarra Colado*

1.      Antes que nada deseo agradecer la invitación que me han hecho para reflexionar con ustedes sobre un tema que cobra cada vez mayor relevancia, la autonomía de las instituciones universitarias y su traducción en formas específicas de conducción y gobierno que sintetizan un cierto tipo de relaciones con sus comunidades. En los pocos minutos de que dispongo me gustaría establecer algunos puntos nodales sobre los cuales podría bordar la discusión.

2.      La última década del siglo XX marcó para la universidad una de las transformaciones más significativas de su historia. Los cambios operados en tan sólo diez años impactaron como nunca antes las prácticas y formas de organización y gobierno de cada institución. Las estrategias y políticas desde las que se regula hoy a la universidad, han ido adquiriendo su fuerza y viabilidad en el poder de sus instrumentos para afectar la naturaleza, contenido y organización del trabajo universitario, lo que ubica en el centro de las disputas el sentido que se le otorga a la autonomía y los medios para garantizarla. La efectividad de tales instrumentos descansa en su capacidad de distanciamiento, al constituirse como normas abstractas asociadas a procedimientos estandarizados de aplicación general. De hecho, estos instrumentos proyectan sus exigencias como tareas auto-asumidas por las propias instituciones, para estar en condiciones de responder adecuadamente a los retos que les plantean sus nuevas realidades.

Estos nuevos modos de regulación no hacen sino proyectar una condición más general de la modernidad en la que la administrativización de la sociedad ha alcanzado, con el apoyo de las nuevas tecnologías de la información, niveles hasta hace poco difícilmente imaginable. A partir de finales de la década de 1980, la universidad inicia una etapa de reordenamiento institucional conducido decididamente por el Estado. Las agencias gubernamentales, y otros organismos de carácter autónomo creados ex profeso, se han encargado de diseñar y poner en operación nuevos mecanismos de conducción a distancia, que funcionan mediante la evaluación periódica de los productos de cada institución, programa o individuo. La competencia por recursos limitados facilita la regulación de las conductas, pues induce a las instituciones y sus comunidades a cumplir adecuadamente las finalidades establecidas, las cuales son expresadas en compromisos muy específicos de cambio establecidos ante la instancia gubernamental.

En este contexto, el concepto de autonomía resulta crucial, pero entendido ya no como principio de autodeterminación que conduce al establecimiento de sus finalidades y proyectos, sino básicamente como la responsabilidad de las instituciones y los individuos sobre su propia conducción y desempeño para atender las demandas "expresados en normas de rendimiento o estándares de desempeño que les plantee su medio externo. El concepto de autonomía adquiere un nuevo sentido que enfatiza su carácter esencialmente operativo o práctico, ya que las universidades se ven obligadas, cada vez con mayor insistencia, a enfrentar los desafíos que implica el hacerse cargo de sí mismas en espacios abiertos, dependiendo fundamentalmente de sus propias realizaciones. En adelante, las instituciones tendrán que desarrollar sus habilidades para actuar, aprovechando las oportunidades que les brinda un medio ambiente crecientemente competitivo, complejo y muy dinámico. Se trata de una autonomía operativa o práctica que, más que plantearse sus propios desafíos, debe responder a los retos que le impone su medio externo. Y ello, insistamos, con la mediación del Estado, que estructura los campos de acción de la universidad, al diseñar mecanismos de regulación a distancia que limitan en los hechos los grados de libertad de la institución.

En suma, esta nueva "autonomía responsable" supone la existencia de universidades y comunidades que pueden actuar con libertad, pero respetando en todo momento los marcos instituidos que se han establecido para conducir sus acciones. Se trata de un concepto en el que la naturaleza, contenido y organización del trabajo universitario es removido del control de la institución para quedar en adelante bajo la tutela de organismos externos que dictarán qué, cómo y de qué manera hacer el trabajo. Esto mismo se ha expresado en el interior de las instituciones, en donde las comunidades académicas se han visto despojadas de ese mismo control de su trabajo, con lo que la libertad de cátedra e investigación o el sentido de la definitividad, han sido removidos, o cuando menos trastocados en los hechos. La clave de esta remoción, como ya dejamos entrever, se encuentra en la evaluación y su consecuencia, el acceso o no a recursos extraordinarios que se asignan considerando estándares de desempeño generalmente establecidos externamente.

El ejercicio de la autonomía así considerada "digamos como norma desnormativizada se ha empezado a traducir en un modo de gobierno y gestión institucional muy semejante al empresarial, que se propone garantizar que sus comunidades cumplan, ahora sí, con las finalidades que les ha encomendado "la sociedad".

3.      La relevancia que adquieren las formas de gobierno y administración se encuentra en su capacidad para traducir operativamente un proyecto institucional que orienta acciones y conductas que impactan a la sociedad produciendo ciertos efectos, además de definir particulares modos de existencia de individuos y comunidades. Como una primera aproximación, es posible identificar algunos de los rasgos de lo que denominaremos como la universidad empresarial, que se empieza a prefigurar como la forma dominante de gobierno de las instituciones universitarias, que han asumido ya esa autonomía práctica que las ubica como ejecutoras de programas que responden esencialmente a demandas externas.

La característica primordial de la universidad empresarial se encuentra en la adopción sistemática de las formas de organización, los instrumentos y tecnologías de gestión y los juegos retóricos de la gran corporación, bajo la premisa de que una universidad no es esencialmente distinta de la empresa y que, por lo tanto, puede ser manejado de la misma manera. Ello ha derivado en la identificación de las finalidades sustantivas de la institución en términos de misión, la cual se traduce en estrategias, programas, objetivos y metas susceptibles de evaluación, y en la identificación de un "portafolio de productos y servicios" para atender las demandas de sus mercados. Asimismo, supone la adopción de técnicas administrativas como la calidad total o la reingeniería, y la aplicación de programas estandarizados de evaluación como el ISO-9000.

La universidad empresarial se encuentran dirigida por un nuevo tipo de funcionario universitario, que se caracteriza por su amplia capacidad administrativa y, en cierto sentido, por la reivindicación de su derecho de dirigir. Asume que la conducción de la universidad es un asunto de expertos, por lo que es necesario delimitar y diferenciar los espacios de actuación de la dirección institucional, de aquellos directamente relacionados con las funciones académicas, y de los que tienen que ver con el manejo administrativo rutinario de la institución. El ámbito esencial de actuación de tal dirección institucional centralizada se ubica en las relaciones que mantiene con su medio externo, definiendo la misión y las estrategias de la universidad, estableciendo los acuerdos de intercambio y colaboración, y atendiendo los problemas que se deriven de un mercado muy competido, incierto y dinámico. Su eficacia se mide a partir de los procedimientos estandarizados de evaluación y la rendición de cuentas; el ascenso político de los gerentes universitarios se logra a través de una buena gobernabilidad asentada en la administración, el control centralizado y el desempeño eficiente.

Por otra parte, se aprecian innovaciones en las formas de organización que suponen nuevos arreglos estructurales, en los que las formas democráticas o colegiadas de gobierno se ven paulatinamente desplazadas por "o subordinadas a- estructuras ejecutivas que conducen los proyectos estratégicos de la universidad. La toma de decisiones colegiada es apreciada crecientemente como obstáculo para la buena marcha de la institución, ya que la discusión en colectivos amplios y muy diversos, acompañada muchas veces de la movilización de activistas, dificulta grandemente una aplicación directa y expedita de los criterios de racionalidad administrativa que se utilizan para medir el desempeño. Para enfrentar estos inconvenientes, se propone reducir el tamaño de los órganos colegiados y orientarlos hacia funciones de carácter consultivo que retroalimenten la política global de la universidad, diseñada por los órganos personales encargados de la dirección institucional. Asimismo, se propone crear comisiones ad hoc para analizar temas concretos y operar mecanismos selectivos de consulta dirigida en los que se controlan los tiempos, modalidades y alcances de la participación. En este caso, se produce un efecto de legitimidad inducida, en la medida en la que la participación así operada valida los resultados de la consulta. La efectividad de este proceso de conducción se encuentra en el desplazamiento del contenido y la finalidad de la consulta, que son sustituidos por un procedimiento de participación que alienta un sentimiento de "haber sido tomado en cuenta".

Otro rasgo importante de la universidad empresarial tiene que ver con su manejo financiero, que es considerado como asunto exclusivo de expertos, encargados de diseñar estrategias de captación de recursos que fortalezcan la independencia y capacidad de acción de la institución. Ello supone un manejo centralizado de los recursos, pues amplía los márgenes de negociación de la dirección institucional con cada uno de los sectores de la universidad, propiciando un control más eficaz y una colaboración más expedita. Empiezan a operar mecanismos de control de los recursos mediante sistemas de información en red, que permiten un seguimiento detallado, puntual e instantáneo del ejercicio del gasto, con lo que se pueden detectar anomalías y realizar ajustes desde las oficinas centrales de la institución. Además, el presupuesto se consolida como herramienta fundamental de gobierno, pues permite diferenciar proyectos en función de las propiedades institucionales y de la funcionalidad que representen para atender las demandas del mercado.

Finalmente, la universidad empresarial incorpora modalidades de organización que propician, a la vez, una mayor flexibilidad y un mayor control. Este delicado balance persigue una conducción institucional, en la que los individuos y grupos lleven a cabo sus actividades determinando libremente las mejores formas para realizarlas, pero siempre dentro de los marcos institucionales diseñados para tal efecto. Los reglamentos y políticas formalmente establecidos, que funcionan como límites de la acción, son complementados con el diseño de mercados internos artificiales que fomentan la competencia y la productividad: los programas de asignación de recursos financieros a concurso, los estímulos económicos extraordinarios o la asignación de becas y otros apoyos en función del desempeño, propician la normalización de comportamientos, garantizando una mayor flexibilidad y disciplina en el trabajo. Estas nueva prácticas reducen los márgenes de la comunidad para confrontar las decisiones de la dirección institucional, pues de ella dependen la asignación presupuestal y el otorgamiento de las remuneraciones extraordinarias. Como consecuencia, la universidad empresarial ve disminuida la participación de académicos y estudiantes, que se concentran crecientemente en sus quehaceres, ejerciendo esa autonomía práctica que les otorga un sentido figurado de autodeterminación.

Desde esta perspectiva, en suma, el gobierno y la conducción de la universidad se va convirtiendo en un problema de funcionarios expertos, que establecen las condiciones para el diseño de los programas institucionales prioritarios, determinando muchas veces sus espacios y modalidades de realización. Ello impacta, como hemos venido insistiendo, la naturaleza, contenido y organización del trabajo universitario, que debe ajustarse a las normas contables externamente establecidas y a los tiempos que se derivan de los procedimientos de evaluación. Esta "nueva universidad" muestra esa tendencia hacia la administración como clave de gobernabilidad, es decir, hacia ese predominio de los saberes y prácticas propios de las empresas para el diseño y conducción de las instituciones, sus programas y sus recursos.

4.      Frente a esta posibilidad que empieza a vislumbrarse en algunas instituciones de nuestro país, es necesario restituir un sentido más pleno a la autonomía universitaria como la capacidad de una comunidad para definir su rumbo y operarlo con independencia. Ello supone, por una parte, la capacidad de control de la universidad sobre sus finalidades y sus proyectos, y por la otra, el acceso a los recursos económicos necesarios para garantizar su pleno cumplimiento. Desde esta perspectiva, y en claro contraste con el modelo de universidad empresarial, las comunidades desempeñan así un papel central, ya no sólo como ejecutoras de programas venidos de fuera, sino esencialmente como participantes activas en el diseño de las tareas y proyectos sustantivos de la institución. En un arrebato utópico nos atrevemos a delinear algunos elementos que podrían conducirnos a negociar una universidad participativa&

·        que considera el ejercicio de la autonomía como la posibilidad de establecer proyectos y contar con las condiciones para su cumplimiento;

·        que posibilite la construcción de espacios de realización para todos, propiciando su vinculación a partir de la colaboración reflexiva de las comunidades que los impulsan;

·        que sostenga su legitimidad en su carácter incluyente, descentralizado y plural, siempre más allá de misiones institucionales estrechas o de proyectos prioritarios mal entendidos;

·        que se mantenga como dispositivo socialmente auto-regulado, en la medida en la que las relaciones entre los grupos y sectores de su comunidad funcionen como mecanismo institucional eficaz para el establecimiento y/o modificación de normas mínimas de convivencia;

·        que funcione con transparencia, al hacer visibles las actuaciones de todos bajo sistemas de rendición de cuentas sancionados colectivamente, fortaleciendo la confianza en los otros mediante el cumplimiento escrupuloso de las finalidades acordadas.

Las condiciones de posibilidad para avanzar hacia un modo de organización basado en la autonomía sustantiva y la participación de la comunidad, supone al menos cuatro elementos fundamentales:

1.      El establecimiento de una política de Estado para la universidad  que la proteja de las crisis económicas y las políticas coyunturales, y le otorgue estabilidad y certidumbre de largo plazo. Ello exigiría:

¡     la determinación de un porcentaje del PIB como asignación mínima para promover la educación y la ciencia; y

¡     la revisión del marco legislativo del sistema universitario para eliminar las ambigüedades en temas clave como los de la autonomía, la gratuidad y el financiamiento, considerando para ello la participación amplia de las instituciones y sus comunidades.

2.      La asignación de recursos económicos extraordinarios que atiendan los rezagos acumulados y garanticen la realización continuada de los proyectos institucionales que compensen tales rezagos. Ello exigiría

¡     el establecimiento de programas de financiamiento extraordinario, manejados por organismos independientes del gobierno, para tender las carencias en regiones e instituciones históricamente desatendidas.

3.      El ejercicio de la autonomía al margen de la regulación del Estado, para garantizar que las comunidades de cada institución decidan efectivamente los términos específicos y los alcances de sus proyectos. Ello exigiría

¡     el establecimiento de procedimientos de evaluación sustentados en los compromisos académicos acordados por la institución y sus comunidades;

¡     el establecimiento de la evaluación como mecanismo de retroalimentación de la actuación institucional y, en consecuencias, la eliminación de todo posible castigo financiero ante un eventual resultado negativo; y

¡     la operación de órganos colegiados autónomos conformados de manera plural y equilibrada, para conducir la rendición de cuentas sin la intervención del gobierno y con la mayor transparencia.

4.      La consolidación de una comunidad de núcleo duro, sustentada en la profesionalización de la carrera académica y la formación de equipos de trabajo que permitan potenciar los proyectos de docencia, investigación y difusión. Ello exigiría...

¡     la ampliación del número de profesores de tiempo completo sobre los de medio tiempo y los de asignatura;

¡     la consolidación de los programas de formación y actualización del personal académico de carrera; y

¡     el establecimiento de un modelo de regulación académico-laboral sustentado en una remuneración adecuada y estable, y en el reconocimiento de la trayectoria académica de largo plazo.

Los rasgos y las condiciones de posibilidad de esta gobernabilidad participativa deben ser asumidos como una provocación inicial que persigue orientar la reflexión de la situación de las universidades públicas mexicanas en la actualidad, y de los efectos particulares que han experimentado al empezar a operar bajo los nuevos modos de regulación estatal.

* El autor es profesor Titular "C" del Área de Estudios Organizacionales y del Posgrado en Estudios Laborales de la Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa. Es doctor en Sociología por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México. Además es coordinador del Seminario Permanente de Estudios sobre la Educación Superior del Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades de la UNAM. Ha publicado diversos libros, ediciones y artículos tanto en México como a nivel internacional. Entre sus obras más relevantes se encuentran: La universidad ante el espejo de la excelencia (1993, 1998), Re-conociendo a la universidad, sus transformaciones y su porvenir (2000), La universidad en México hoy: gubernamentalidad y modernización (2001, 2003) y Geografía Política de las Universidades Públicas Mexicanas (2003). Es miembro regular de la Academia Mexicana de Ciencias e Investigador Nivel II del Sistema Nacional de Investigadores.